La Comisión Nacional de Competencia ha decidido imponer multas por importe de 50.000 euros a la Confederación Española de Transportes de Mercancías (CETM) y de 30.000 euros a la Federación Catalana de Transportes de Barcelona (TRANSCALIT) por remitir en 2006 sendas circulares informativas a sus asociados recomendándoles repercutir los incrementos del precio del gasoil en los precios del transporte.
Desde CETM han comunicado que “Discrepamos del resultado final del procedimiento que, paradójicamente, la propia Dirección de Investigación de la Comisión decidió inicialmente archivar. Estamos convencidos de que hemos actuado en todo momento con pleno respeto de la normativa de competencia. Las circulares que dieron lugar a las sanciones se limitaban a recomendar la aplicación de cláusulas automáticas de revisión de los precios por las oscilaciones en el coste del combustible, informando a estos efectos de los incrementos de los precios del gasoil publicados en el Observatorio de Costes del Ministerio de Fomento, lo que no era más que una concreción de los acuerdos alcanzados con la Administración (Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre 2005) y recogidos primero en la Orden ministerial FOM/3947/2005, de 9 de diciembre y luego en la propia Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías.
En estos momentos estamos valorando con nuestros asesores la conveniencia de interponer ante la Audiencia Nacional el correspondiente recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la CNC.”