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Acuerdo entre el Consejo del Poder Judicial y la Cambra para mediar en conflictos mercantiles

05/10/2013

Los presidentes de la Cambra de Comerç de Barcelona, Miquel Valls, y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gonzalo Moliner, firmaron recientemente un convenio de colaboración por el que los jueces mercantiles de Barcelona se comprometen a derivar a la Cambra los conflictos entre empresas, de carácter civil y mercantil, para su resolución a través de la mediación extrajudicial.

El acuerdo establece “un marco estable y permanente de colaboración” entre las dos organizaciones y considera a la Cambra de Barcelona como “institución facultada para llevar a cabo funciones de mediación” entre empresas y autónomos.

Según el convenio, los jueces con competencia en mercantil instarán a las partes en litigio a resolver su conflicto ante la Cambra de Barcelona como entidad mediadora, una tarea que se desarrollará a través del Consolat de Mar y un cuerpo de mediadores propio.

El objetivo de dicho convenio es aplicar la mediación civil y mercantil como fórmula de solución de conflictos empresariales, en ámbitos como:

  • Demandas por competencia desleal, propiedad industrial, propiedad intelectual o publicidad
  • Situaciones concursales o pre concursales
  • Pretensiones que se promuevan en materia de transportes, nacional o internacional.
  • Acciones relativas a condiciones generales de la contratación
  • Acciones relativas a la responsabilidad civil de administradores sociales, a liquidadores o auditores en procedimientos concursales o de liquidación.
  • Cualquier otro asunto competencia de los Juzgados de lo Mercantil que el Juez considere idóneo para ser objeto de mediación.

El presidente de la Cambra de Comerç de Barcelona, Miquel Valls, expresó su satisfacción por el convenio: “Ampliamos nuestra colaboración al ámbito de la mediación empresarial, entendida como una alternativa a la vía judicial”. En este sentido, ha añadido “deberemos ser excelentes, para ofrecer a las empresas un servicio de calidad, y a los jueces la confianza necesaria para que nos deriven asuntos, como alternativa a la vía judicial”.

Según el convenio, la Cambra de Barcelona se compromete a gestionar y coordinar las actividades de mediación; a disponer de los espacios y medios materiales suficientes para el desarrollo de las sesiones de mediación; a seleccionar a los mediadores; a elaborar y editar el material divulgativo que explique a los ciudadanos y a las empresas la institución de la mediación; a elaborar una memoria anual que refleje todas las actuaciones realizadas; y a remitir con carácter semestral la ficha estadística de datos que se acuerde, dando información, también, a los Juzgados con competencia en Mercantil de Barcelona.

Por su parte, los compromisos del Consejo General del Poder Judicial son: promover las actuaciones necesarias para una adecuada coordinación de los proyectos de mediación con la Cambra de Barcelona; promover la difusión del material divulgativo que se elabore; y la puesta en marcha de los mecanismos necesarios para que los particulares que acudan a los diferentes proyectos de mediación puedan recibir asesoramiento preciso y ser orientados sobre cualquier duda que se les presente sobre esta temática.

Ambas partes se comprometen a colaborar de manera activa en todos aquellos aspectos relacionados con el objeto del convenio, incluida la divulgación y formación de mediadores, y a favorecer los intercambios de información, conocimientos y experiencias.

Ventajas de la mediación

Entre las ventajas de la mediación destaca su capacidad para dar soluciones prácticas, efectivas y rentables a determinados conflictos entre partes, como alternativa al proceso judicial o a la vía arbitral. Por tanto, la mediación puede proporcionar a las partes una solución extrajudicial económica y rápida a conflictos civiles y mercantiles.

Es más probable que los acuerdos resultantes de la mediación se cumplan voluntariamente y también que se mantenga una relación amistosa y viable entre las partes. Estos beneficios son aún más perceptibles en asuntos que tengan carácter transfronterizo.

Otra de las ventajas de la mediación es que se basa en la voluntariedad y libre decisión de las partes y en la intervención de un mediador, que ayuda a encontrar una solución dialogada y voluntariamente querida por las partes.

En este sentido, Valls añadiió que “este convenio permitirá, por un lado, agilizar las resoluciones y descargar de trabajo a la Justicia; y por otro, ahorrar tiempo y dinero a las empresas“.

Publicado en: EMPRESA Y COMERCIO Etiquetado como: cambra comerç barcelona, conflictos mercantiles, consejo poder judicial, mediación

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