El 31 de octubre entró en vigor la Ley 7/2012 de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones de prevención y lucha contra el fraude.
Entre otras medidas establece la limitación de pagos en efectivo a 2.500 euros y la obligación de declarar determinados bienes situados en el extranjero.
Sin embargo, según ASTIC, “lo que afecta de forma más importante a nuestro sector es la limitación de acceso al régimen de módulos. Esta limitación para el transporte por carretera se establecía en el anteproyecto en 50.000 euros. Tal como ha quedado aprobado el límite se establece en 300.000 euros.
La aplicación de este límite está provocando situaciones muy complicadas a todos los que están en régimen de módulos que ya han superado o están a punto de superar esa cifra. Los primeros pasarán de forma automática al régimen de estimación directa. Como lo harán en un momento en que gran número de sus competidores seguirán en módulos se verán incapaces de repercutir a sus clientes el incremento de costes debido al cambio de régimen.
Los que estén a punto de superar el límite se encuentran ante la necesidad de dejar de facturar para no superar ese umbral, lo que podría tener consecuencias graves para la misma lucha contra la economía sumergida que constituye la razón de ser de la ley.
Por ello, ASTIC defendió a lo largo del procedimiento una eliminación total de ese régimen para nuestro sector, por lo que como patronal podemos decir que para el transporte de mercancías por carretera no se ha ‘tocado nada’”.