El Consejo de Ministros aprobó el viernes, a solicitud del Ministerio de Fomento, un Acuerdo por el que se autoriza la creación de la sociedad mercantil estatal Aena Aeropuertos S.A.
Tal como estaba previsto en el Real Decreto Ley 13/2010, a la nueva sociedad se le atribuye el conjunto de las funciones y obligaciones que actualmente ejerce la entidad pública empresarial Aena en materia de gestión y explotación de los servicios aeroportuarios.
La totalidad del capital social de Aena Aeropuertos S.A. corresponderá inicialmente a Aena que podrá vender una parte, aunque conservará, en todo caso, la mayoría de dicho capital.
Aena Aeropuertos S.A. no comenzará a ejercer de forma efectiva sus funciones y obligaciones hasta que se determine por Orden del Ministerio de Fomento, una vez que se haya delimitado el personal y el conjunto de bienes, derechos, contratos, expedientes y obligaciones de Aena que vayan a ser asumidos por la nueva sociedad.
Los derechos de todos los trabajadores de Aena serán respetados en Aena Aeropuertos
Relacionado con lo anterior, el Consejo de Ministros también aprobó que la sociedad mercantil estatal Aena Aeropuertos se subrogará en todos los contratos laborales suscritos por entidad pública empresarial Aena con respecto al personal dedicado de manera principal a las actividades aeroportuarias que se le atribuyan en el momento en que comience a ejercer de manera efectiva sus funciones. Dicho personal se seguirá rigiendo por los convenios colectivos vigentes, respetándose la antigüedad y cualquier otro derecho que tengan consolidado cuando la sociedad comience a ejercer sus funciones.
Las garantías para los trabajadores han quedado reforzadas tras el acuerdo alcanzado el pasado 24 de enero por el que se extiende la aplicación del V Convenio a la sociedad mercantil Aena Aeropuertos S.A. y a las sociedades filiales de ésta que puedan crearse en el futuro.
De este modo, el V Convenio Colectivo de Aena se transformará en el I Convenio de Grupo Aena, garantizándose así las condiciones laborales y los derechos adquiridos tanto del personal que permanezca en el Ente Público Empresarial Aena como del que pase a la sociedad mercantil Aena Aeropuertos S.A. y a sus posibles filiales.
Los trabajadores de Aena Aeropuertos S.A. que pasen a prestar servicios en una empresa concesionaria de alguno de los aeropuertos (el Real Decreto Ley
13/2010 establece que la subrogación es voluntaria para el trabajador), tendrán garantizados, a título individual, tal como establece la legislación vigente, sus actuales derechos laborales y económicos, que serán respetados por la empresa concesionaria de manera indefinida. Todo ello, al margen de las garantías adicionales que finalmente se acuerden en el marco de la mesa de negociación.