Según informa Fenadismer, tras la publicación en el BOE, el pasado 30 de enero, de la Orden EHA/99/2010, de 28 de Enero, por la que se desarrollan para el año 2010 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, coloquialmente denominado régimen de módulos, los módulos del IVA se incrementan un 6% y los de IRPF se reducen un 5%.
Por lo que afecta al sector del transporte en sus diferentes subsectores (722 transporte de mercancías por carretera, 757 transporte de mudanzas, 849.5 transporte de mensajería, 721.1 y 3 transporte de viajeros por carretera y urbano y 721.2 transporte en autotaxis) se producen las siguientes modificaciones:
- En el IRPF todas las actividades mantienen los mismos módulos establecidos en 2009, previéndose una reducción general en el rendimiento neto de un 5% aplicable tanto al año 2009 como a 2010.
- En el IVA, se produce un incremento en los módulos como consecuencia de la subida del tipo del IVA a partir de julio de 2010, al pasar el tipo general del 16% al 18% y el tipo reducido del 7% al 8%. En consecuencia los módulos de las actividades de transporte de mercancías (722, 757 y 849.5) y de transporte de viajeros (721.1, 721.2 y 721.3) se incrementan en un 6’25%.
- Para el cálculo de las cuotas trimestrales del IVA para 2010 se realizará utilizando como base los módulos del IVA correspondientes al año 2009, con la finalidad de diferir financieramente el impacto del aumento de tipos, según se recoge en su exposición de motivos.
- Para renunciar a la aplicación del régimen de módulos, se establece un plazo de un mes desde la publicación de la Orden, esto es, hasta el próximo 28 de Febrero.