Leemos con estupor, aunque ya sin asombro, las críticas hirientes hacia la profesión de estiba que el presidente de la Autoridad Portuaria de Cartagena arroja de manera sistemática y del mismo modo recogen algunos medios de comunicación.
Leemos con desagrado, aunque ya sin estupefacción, el autobombo que este personaje, sin una pizca de autoridad moral, da de su gestión: una manera ilegal y absolutamente insensible de gobernar un puerto estratégico.
Habla de manera gratuita, sin inmutarse por contradecir en su discurso los datos que ofrecen los mismos medios de comunicación que le sirven de altavoz, sin importarle que su charla perjudique al puerto que rige, sin que le perturbe asfixiar a familias enteras con artimañas que, como demuestran todas las sentencias judiciales que así lo dictan, van contra la Ley.
Se atreve a afirmar, por ejemplo: «Mientras no se le meta mano a la estiba nuestros puertos seguirán siendo anticompetitivos». Sin embargo, la prensa sectorial publicaba hace unos días que «los contenedores baten su récord histórico en España. (…) El dato es rotundo: 13,88 millones de contenedores transitaron por los puertos españoles en 2011. Esto es un 11,02% más que en 2010, supone un crecimiento del 18,1% con respecto a la sima de 2009 y, sobre todo, si lo ponemos en relación con el techo alcanzado antes de la crisis, en el año 2008, los TEUs de 2011 representaron un 4,1% más. (…) En 2011 batieron su récord histórico de movimiento de TEUs puertos como Algeciras, Valencia, Bilbao, Málaga, Huelva o Almería». Todos ellos operados por estibadores, casualmente, o a lo mejor no de manera tan casual, afiliados en su mayoría a Coordinadora.
Parece que los datos europeos tampoco dan la razón al Sr. Viudes. El miércoles 23 de febrero conocíamos el Informe del Transporte Marítimo Eurostat 2010, a través de otra de las principales cabeceras del sector, en la que se afirma que «el conjunto de los puertos españoles de interés general son los que más contenedores movieron en 2010 de todos los países de la Unión Europea, según el último estudio de Eurostat sobre transporte marítimo, hecho público por la Asociación de Navieros Españoles, Anave». Se añade, en el artículo, que «entre los 20 primeros puertos europeos por tráfico total figuraron dos españoles: Algeciras (en séptimo lugar, subiendo una posición) y Valencia (noveno, +1)».
Nos parece lamentable que, en vez de velar por los intereses de un sector próspero, que le da de comer a miles de familias en España, Adrián Ángel Viudes se dedique a crear incertidumbre, a fomentar la zozobra y el pleito cuando a nadie se le escapa que los mejores frutos se recogen del diálogo y de la suma de sinergias.
Lo que sí está probado, no es una afirmación sin fundamento, es su trabajo irrespetuoso con los derechos de los trabajadores y, por lo tanto, con la le Ley. Recogemos un titular y un fragmento del mismo artículo publicado por otro reconocido medio del sector el pasado diciembre: «Los estibadores de Cartagena ganan su sentencia nº22 contra la Autoridad Portuaria. El titular del juzgado de Lo Social número 2 de Cartagena, ha desestimado la demanda que en el pasado mes de julio presentó la Sociedad Estiba y Desestiba del Puerto de Cartagena (Sesticarsa) frente a la Coordinadora Estatal de Estibadores Portuarios para establecer un límite de turnos dobles de trabajo al mes, que sería la base máxima de cotización a la Seguridad Social.
La sentencia destaca que este asunto ya fue tratado por la sala de Lo Social número 1 y que no se puede mermar el salario de los trabajadores si no exceden el tope de horas, según recoge la agencia CYA.
El juez, en su sentencia, indica que los trabajadores de Sesticarsa cotizan por la base máxima a la Seguridad Social y que su salario habitual está por encima de esa base, pero que no realizan jornada de trabajo superior a la ordinaria legal establecida. Lo Social número 2, remarca que se opone a la demanda de la parte actora, pues de aceptarla, implicaría que los trabajadores realizasen menos jornada de la que les corresponde y verían mermado su salario, por lo que desestima íntegramente la demanda.»
Las otras 22 sentencias que declaran ilegales actuaciones del Sr. Viudes lo acusan de vulnerar el derecho a la libertad sindical, el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a la huelga, el derecho de libertad de expresión, el derecho a practicar la polivalencia funcional (inherente al trabajo de la estiba) y a realizar el segundo jornal, así como dictaminan improcedentes sanciones muy graves y nulos los despidos a trabajadores afiliados a Coordinadora. Además existen actas de inspección de trabajo que denuncian la falta de cotización de horas extra y muy diversos incumplimientos y atropellos laborales.
En definitiva, ponen de manifiesto y confirman la persecución constante a la que los estibadores son sometidos en el Puerto de Cartagena por parte del presidente de su Autoridad Portuaria.