Según explicaron Cándido Guillén y Antonio Gómez, inspectores de la Agencia Nacional de Seguridad de Madrid, el Plan Nacional de Seguridad amplia los requisitos exigidos a todas las empresas que participan en la cadena logística, desde el fabricante o exportador, pasando por el transitario, el transportista y el agente de handling de la terminal de carga aeroportuaria.
Destaca de esta nueva regulación que deberá ser el exportador o expedidor de la mercancía quien deberá solicitar a la Administración la autorización de “empresa segura”. Así pues, será la Administración quien certificará al expedidor, con lo que se llegará al origen de la mercancía. Según Cándido Guillén y Antonio Gómez, “los procesos para otorgar la certificación serán estrictos y rigurosos”. Cabe recordar que, hasta la fecha, sólo era necesario que fuera el transitario quien dispusiera de la certificación como Expedidor Conocido o Agente Acreditado, es decir, que el sistema era garantista dado que se basaba en la confianza a través del reconocimiento del transitario.
Por otro lado, la nueva reglamentación en materia de seguridad aérea exige la inspección del cien por cien de las mercancías siempre y cuando éstas no procedan de expedidores acreditados por la Administración. Así pues, y según los expertos, hay que ver cómo reaccionan las empresas, dado que si éstas no solicitan la acreditación como emisoras de mercancías seguras, pueden generarse problemas de acumulación de mercancías, sobre todo en las dependencias de los agentes de handling.
El nuevo Plan también determina una nueva figura en las empresas: el Responsable de Seguridad, la formación del cual está siendo definida. Las empresas exportadoras que quieran obtener el título de Expedidor Conocido deberán contar en sus instalaciones con esta nueva figura.
Los miembros del Air Cargo Club se interesaron también por la posibilidad de que se instalen en los aeropuertos aparatos de Rayos X, facilitándose así la inspección de las mercancías. Esta opción, aunque se está analizando, implica importantes inversiones y, además, es un sistema de inspección que presenta dificultades de visualización e identificación exacta de ciertos productos, como por ejemplo los explosivos.
Los asistentes también preguntaron a los inspectores de la Agencia Nacional de Seguridad de Madrid si el hecho de ser Operador Económico Autorizado (OEA) puede facilitar la obtención de la acreditación como Expedidor Conocido, a lo que los expertos respondieron que, sólo en algunos aspectos, la circunstancia de ser OEA puede “agilizar” algún procedimiento para alcanzar el título de Expedidor Conocido.
El nuevo PNS es la adaptación del Reglamento (UE) 185/2010, que entró en vigor el pasado 30 de abril en el ámbito de la Unión Europea, y que en España se viene aplicando desde esta fecha.