El céntimo sanitario, cuya legalidad cuestiona la UE, lastra la productividad del sector y puede obligar al Gobierno español a devolver a las empresas de transporte por carretera, que vienen reclamando su devolución, alrededor de 2.500 millones de euros. A esta cifra habría que añadir el coste generado durante el año 2011 y siguientes, cuya devolución continuarán reclamando las empresas afectadas.
Estas son algunas de las conclusiones del Informe que ha realizado el Centro de Investigación del Transporte, (TRANSyT) de la Universidad Politécnica de Madrid para la Fundación Francisco Corell.
Origen, naturaleza legal e implicaciones de su posible devolución.
El Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) es un gravamen que recae sobre el consumo minorista de los productos sujetos al Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH). Se trata de un impuesto finalista, ya que los rendimientos obtenidos quedan afectados en su totalidad a la financiación de gastos de naturaleza sanitaria y, en menor medida, se dedican a actuaciones medioambientales. El IVMDH está compuesto por dos tramos: el estatal, fijo para todas las Comunidades Autónomas; y el autonómico (conocido como céntimo sanitario), en el que las Comunidades Autónomas pueden ejercer o no su derecho de imposición.
La UE considera que este impuesto no se ajusta a la legislación europea, y por ello ha solicitado a España en varias ocasiones que lo adapte al Derecho Comunitario. En 2008, la Comisión Europea remitió un Dictamen motivado, segundo paso en el procedimiento de infracción previsto en el Tratado de la CE. En caso de remitirse al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y prosperar, se podría proceder a la devolución del IVMDH.
El tramo autonómico del impuesto puede ser aplicado dentro de una horquilla con mucha holgura, lo que produce importantes diferencias en el gravamen a soportar, dependiendo de la Comunidad Autónoma en que nos encontremos. En el caso del gasóleo, esta variación abarca en la práctica desde los 24€/1.000 litros en las Autonomías que sólo aplican el tramo estatal, hasta los 48€/1.000 litros de aquéllas con el tramo autonómico más elevado. Esto genera significativas desventajas competitivas entre unas empresas y otras, por el simple hecho de la Comunidad Autónoma en que se opere.
Si se considera un ejemplo de dos vehículos pesados tipo, como son un autocar y un vehículo de transporte de mercancías, se estima que las cifras a reclamar pueden alcanzar casi los 17.000 euros por vehículo tipo en el caso del transporte de mercancías, y hasta prácticamente los 15.000 euros para los autobuses. En total, el conjunto del sector profesional del transporte, viajeros y mercancías, podría reclamar la devolución de una cifra superior a los 2.500 millones de euros.
El importante desembolso realizado en concepto del IVMDH en los últimos años ha significado un perjuicio para la productividad y competitividad del sector del transporte por carretera, pues supone un coste adicional cuyo carácter legal, además, ha sido criticado por la UE. La aplicación de este impuesto ha contribuido a gravar en exceso las actividades del transporte, coincidiendo con una época de gran recesión y duros reajustes en el sector. Esta posición ha influido en la pobre situación económica de gran número de empresas de transporte, llegándose incluso a la desaparición de algunas de ellas, y por lo tanto afectando negativamente no sólo al sector en particular, sino al tejido productivo industrial español en su conjunto.