El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado la ampliación del plazo máximo de las concesiones portuarias de 35 a 50 años.
Según recoge el Real Decreto-Ley, el plazo que inicialmente se conceda a las nuevas concesiones no podrá exceder de 50 años, y siempre teniendo en cuenta criterios como el volumen de inversión que realice el concesionario, la adecuación a la planificación y gestión portuarias, y el incremento de actividad que genere en el puerto, entre otros.
Igualmente, el plazo inicial de las concesiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto-Ley, podrá ser ampliado hasta los 50 años a petición del concesionario y previo informe favorable de Puertos del Estado, cuando el concesionario se comprometa a una nueva inversión, contribuya a la financiación de las infraestructuras de conexión terrestres, o reduzca al menos un 20% las tarifas máximas incluidas en el título concesional.
Estas medidas, además de homogeneizar los plazos concesionales de España con el resto de la Unión Europea, estimularán a la iniciativa privada, ya que se calcula que generarán una inversión adicional de entre 150-200 millones de euros anuales, incrementarán la competitividad de los puertos, y reducirán los costes logísticos.