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Entra en vigor el nuevo Reglamento General de Conductores con novedades en formación de ADR

11/07/2013

El lunes 8 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 475/2013, de 21 de Junio, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores en materia de formación para el transporte de mercancías peligrosas, el cual ha entrado en vigor este martes 9 de julio.

Según informa Fenadismer, la modificación del Reglamento General de Conductores es como consecuencia de su adaptación al nuevo Acuerdo Internacional sobre Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR), introduciendo como principales novedades las siguientes:

Se establece un nuevo formato del carnet ADR para el transporte de mercancías peligrosas, ajustándose al modelo armonizado de certificado de formación del conductor que establece el Acuerdo Internacional ADR.

Todos aquellos conductores que estén en posesión del carnet ADR de mercancías  peligrosas deberán renovar cada 5 años dicha titulación mediante la realización de un curso de reciclaje tras el cual como novedad será imprescindible realizar además unas pruebas ante la Jefatura Provincial de Tráfico. Dicho examen ante la Jefatura Provincial de Tráfico se empezará a exigir a aquellos conductores que renueven su carnet ADR a partir del próximo 8 de octubre.

Asimismo, opcionalmente si lo desea, podrá renovar la autorización mediante la realización de un curso de formación inicial acompañado de las correspondientes pruebas de aptitud ante Tráfico.

Respecto a la fecha en que puede llevarse a cabo la renovación, se establece que si se realiza el curso y posterior examen dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de caducidad, esto es, de la fecha límite de los 5 años, se computará el nuevo período de validez desde la referida fecha límite. Por contra, si se realiza la renovación antes de los 12 meses anteriores a la fecha de caducidad, se computará el nuevo periodo de validez desde la fecha de superación del examen y no desde la fecha límite de caducidad.

Se amplían las materias a incluir en el contenido de la prueba teórica del examen, en concreto, las referidas a la “responsabilidad con la seguridad”, con el objetivo de lograr una mayor concienciación sobre la seguridad en esta clase de transporte.

Se modifica la denominación de los cursos a realizar para la obtención, ampliación o renovación del carnet ADR que ahora pasan a denominarse respectivamente “curso de formación inicial básico”, “curso de formación inicial de especialización”, “curso de reciclaje” y “curso de reciclaje de especialización”.

Publicado en: TERRESTRE Etiquetado como: ADR, formación, mercancías peligrosas, reglamentos

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