p>El pasado 26 de septiembre, se reuni? en las instalaciones de ATEIA-OLTRA Valencia la Comisi?n de Aduanas de FETEIA-OLTRA bajo la Presidencia de Juan Caro y los representantes de las Asociaciones de Barcelona, Bilbao, C?diz, Campo de Gibraltar, Girona, Gipuzkoa, Madrid y Valencia, para analizar como tema ?nico y de suma importancia para el colectivo transitario los efectos del procedimiento existente sobre la devoluci?n del IVA a la Importaci?n.
Ante el desamparo legal que el actual procedimiento del reembolso del IVA a la importaci?n ha dejado a las empresas transitarias como ?Representantes Aduaneros?, por las reiteradas resoluciones de las Aduanas denegando la recuperaci?n del IVA en las importaciones de mercanc?as, impuesto satisfecho y anticipado a la Agencia Tributaria por las mismas en representaci?n de sus clientes los importadores, que sin pagar estos el referido IVA se benefician y deducen directamente, se acord? por unanimidad, ante la declaraci?n del Departamento de Aduanas e II.EE de no tener competencias para modificar el sistema referido, solicitar a la Direcci?n General de Tributos, Partidos Pol?ticos y dem?s Instituciones de la Administraci?n la necesidad de modificar la normativa existente sobre la recuperaci?n del IVA a la Importaci?n para los Representantes Aduaneros, por no resultar adecuada a las circunstancias y necesidades econ?micas del momento, y principalmente para dejar sin efecto la presi?n financiera y obligaci?n de pago de un impuesto que no? corresponde a los transitarios, subsanando con ello las carencias y deficiencias que con el tiempo se han generado en el referido procedimiento.
Como alternativa al obsoleto e ineficaz procedimiento actual, los Transitarios solicitaran que los importadores puedan directamente presentar la autoliquidaci?n del IVA de sus importaciones como en muchos pa?ses de la UE, en base a las previsiones de la Directiva 2006/112 relativa al sistema com?n del impuesto sobre el valor a?adido, consistente en poder efectuar la autoliquidaci?n del IVA en las importaciones del mismo modo que en el comercio intracomunitario.