Con fecha 24 de marzo de 2010 la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia acordó la incoación del expediente sancionador S/0241/10 por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), contra Buquebus España, S.A., Euromaroc 2000, S.L., Europa Ferrys, S.A., Compañía Trasmediterránea, S.A. y Förde Reederei Seetouristik Iberia, S.L. (FRS Iberia SL) por una conducta colusoria de fijación de precios.
El día 11 de mayo de 2010, la Dirección de Investigación llevó a cabo una inspección en las sedes de diversas empresas del sector de transporte marítimo regular de pasaje, vehículos en régimen de pasaje y carga, bajo la sospecha de posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la adopción de acuerdos cuyo objeto sería el reparto de mercado y la fijación de precios y/o de condiciones comerciales, así como en la imposición de precios y/o condiciones comerciales no equitativos. Determinados documentos recabados en la inspección permiten deducir la participación de otro presunto responsable, Balearia Eurolíneas Marítimas en la fijación de precios del servicio de transporte marítimo de pasajeros en la línea Algeciras-Ceuta-Algeciras investigada en el marco del expediente S/0241/10.
En consecuencia, con fecha 21 de julio de 2010, la Dirección de Investigación ha acordado ampliar la investigación que actualmente lleva a cabo en el marco del expediente S/0241/10, contra Balearia Eurolíneas Marítimas, S.A. por prácticas prohibidas por el artículo 1 de la LDC.
Se mantiene vigente el plazo máximo de 18 meses iniciado el pasado 24 de marzo para la instrucción del expediente y para su resolución por la Comisión Nacional de la Competencia, sin que la incoación prejuzgue el resultado final de la investigación.