Según informa la CNC, con fecha 25 de mayo de 2011 funcionarios de la Comisión Nacional de la Competencia se personaron en el domicilio social de Compañía Trasmediterránea y de Europa Ferrys en Algeciras (Cádiz), para desarrollar una inspección domiciliaria conforme con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), contando para ello con una autorización judicial de entrada.
En el transcurso de la citada inspección, se produjeron diversos incidentes que dificultaron el acceso por parte de los funcionarios de la Comisión Nacional de la Competencia a determinada documentación y a personal de las empresas, incluida una dilación en el comienzo de la inspección.
En consecuencia, con fecha 22 de agosto de 2011 la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia procedió a incoar un expediente sancionador contra Compañía Trasmediterránea y de Europa Ferrys por entender que los hechos anteriormente descritos suponían una obstaculización de la labor de inspección de la CNC.
En su Resolución, el Consejo de la CNC considera acreditado que Trasmediterránea y Europa Ferrys obstruyeron la labor de inspección de la CNC, obstaculizando el inicio y el desarrollo de la inspección, dificultando el acceso a la información, proveyendo información incompleta y presentando numerosos problemas en la localización del máximo responsable de las empresas, lo cual supone un evidente incumplimiento del deber de colaboración con la CNC del que las empresas habían sido informadas debidamente, así como una clara obstrucción a la labor inspectora de la CNC.
Por todo ello, el Consejo de la CNC ha resuelto imponer solidariamente a la Compañía Trasmediterránea y de Europa Ferrys una multa de 2.093.000 euros.