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La Comisión Nacional de la Competencia abre expediente sancionador contra Sintrabi

20/01/2010

Según se hacía público el pasado 11 de enero, la Comisión Nacional de la Competencia ha incoado un expediente sancionador contra el Sindicato de Transportistas Autónomos de Bizkaia (SINTRABI) y 25 empresas relacionadas con el transporte terrestre en relación con un posible reparto de mercado y fijación de precios y otras condiciones comerciales en el sector del transporte terrestre en el Puerto de Bilbao.

Según la CNC, el Servicio Vasco de Defensa de la Competencia tuvo conocimiento, a través de noticias publicadas en la prensa en noviembre de 2007, de un sorteo realizado por Sintrabi de diez licencias para poder desempeñar servicios de transporte de mercancías en el Puerto de Bilbao, así como de una recomendación de Sintrabi a sus asociados para incrementar los precios.

Tras un periodo de información reservada para la determinación del ámbito de afectación de las posibles conductas, se consideró, en aplicación de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia, que la Dirección de Investigación era el órgano competente para conocer del supuesto sorteo de licencias y el Servicio Vasco de Defensa de la Competencia era el órgano competente para conocer de la supuesta recomendación por Sintrabi de un incremento de precios.

Posteriormente, en agosto de 2008, la Audiencia Nacional dictó auto en el marco de unas diligencias previas tramitadas ante dicho órgano judicial, indicando que debía remitirse a la Comisión Nacional de la Competencia testimonio de determinados documentos obrantes en las diligencias previas que acreditan que Sintrabi y otras entidades habrían participado activamente en prácticas restrictivas de la competencia similares a las ya analizadas por el extinto el Tribunal de Defensa de la Competencia en su Resolución de 19 de diciembre de 2001.

Analizada la documentación recibida de la Audiencia Nacional, la Dirección de Investigación dedujo una posible vinculación entre la fijación de precios y el sorteo de licencias por parte de Sintrabi en el Puerto de Bilbao. En consecuencia, el Tribunal Vasco de Defensa de la Competencia resolvió el 12 de junio de 2009, a petición del Servicio Vasco de Defensa de la Competencia, el archivo del expediente sancionador y su remisión a la CNC.

Tras el análisis de la documentación obrante en el expediente, la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia ha observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por el artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, por el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y por el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)1, consistentes en el reparto de mercado y en la fijación de precios y otras condiciones comerciales en el sector del transporte terrestre en el Puerto de Bilbao, por lo que, de conformidad con el artículo 49.1 de la LDC, ha acordado con fecha 28 de diciembre de 2009 la incoación del expediente sancionador S/0060/08 contra SINTRABI y las siguientes 25 empresas: Bidetrans S.L., C.B. Bilbao Sociedad Limitada, Transmeta S.L., Transportes Astra S.A.L., Cotrascon S. Coop. Ltda., Euskaltrans Biz S.L., Euskaditrans Biz Sociedad Limitada, Umbe-94 S.A.L., Urkiolabi S.L., Vinatrans BizKaia S.L., Agencia Transporte A Alonso Matesanz Sociedad Limitada, Transportes Chus S.A., Transportes Vasconia Bilbao S.A., Burutra Sociedad Limitada, Arkulanda Garraioak S.L., Ansitrans Sociedad Limitada Laboral, Berkasan Scoop, Bizkaitrans S.L., Transporte de Volquete Sdad. Coop. Ltda. (Transvol), Montalban e hijos S.A., Transportes Ignacio Menchaca Sociedad Limitada, Transportes José Ramón Bilbao S.L., Transportes González Eurotrans Sociedad Limitada, Transportes Uribe S.A., Castrillo Aurrea Sociedad Anónima.

La incoación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.

Publicado en: TERRESTRE Etiquetado como: comisión nacional de la competencia, sintrabi

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