El pasado viernes 5 de Julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 9/2013 de 4 de Julio, por la que se modifica parcialmente la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres, estando prevista su entrada en vigor el próximo 29 de Julio.
Para Fenadismer, como aspectos más negativos que recoge la nueva LOTT cabe señalar los siguientes:
- La nueva regulación del transporte ligero en vehículos de hasta 3.500 kgs de MMA, que permitirá la entrada masiva y desordenada de personas no profesionalizadas al sector del transporte por carretera, con las consiguientes consecuencias económicas, sociales y de seguridad vial.
- La supresión de mecanismos de protección y defensa de los profesionales del sector, en concreto, el principio relativo a que los precios del transporte permitan cubrir al menos los costes de explotación del servicio así como la prohibición de que los conductores realicen las labores de carga y descarga.
- El agravamiento de la cuantía de las sanciones muy graves en caso de haber cometido otra infracción en los 12 meses anteriores así como la pérdida de honorabilidad de la persona que aporta la capacitación por la comisión de dichas infracciones por parte de la empresa, lo que obligará a la empresa a buscar un nuevo capacitado.
Y como novedades positivas de la nueva LOTT, Fenamidsmer destaca:
- La reducción generalizada de las cuantías de las infracciones en materia de transporte en más de un 30% de media así como que el pago anticipado de una sanción de transporte se reducirá adicionalmente en un 30%.
- El establecimiento de la denominada “acción directa” que permitirá al transportista reclamar directamente contra el cargador principal, esto es, al dueño de la mercancía transportada en caso de impago del transporte por parte de la empresa intermediaria que contrató sus servicios.
- El incremento de la competencia de las Juntas Arbitrales en reclamaciones por importe de hasta 15.000 euros.
En todo caso FENADISMER considera que la reforma de la LOTT aprobada supone una “oportunidad perdida” de haber establecido un paquete de medidas de protección reales que permitieran a las empresas transportistas españolas reforzar su capacidad de negociación frente a sus clientes, de modo similar a como ya se encuentra regulado en los países de nuestro entorno.