El Consejo de Ministros aprobó el 20 de septiembre, a solicitud del Ministerio de Fomento, un Real Decreto por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de los Comités de Coordinación Aeroportuaria.
Este Real Decreto garantiza la participación de las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, administraciones locales, así como las organizaciones empresariales y sociales más representativas en la gestión aeroportuaria de aquellos aeropuertos atribuidos a la gestión y explotación de Aena Aeropuertos. Se completa, así, el modelo de gestión en red y la adopción de iniciativas en cada territorio que impulsen su conectividad.
Las funciones de estos comités son de naturaleza consultiva y fueron ya establecidas por Real Decreto Ley en diferentes ámbitos como la calidad de los servicios aeroportuarios y la actividad de los aeropuertos, la definición de la estrategia a desarrollar en relación a los aeropuertos o el conocimiento de las propuestas en materia de servidumbres aeronáuticas y acústicas.
Las funciones también incluyen la colaboración en la definición de las líneas estratégicas de los aeropuertos, en particular informando los Planes Directores de los respectivos aeropuertos; el conocimiento del procedimiento de consultas desarrollado por Aena Aeropuertos, S.A. en materia de tarifas aeroportuarias; la canalización de las actuaciones relacionadas con la promoción del transporte aéreo y la promoción de acciones para el fortalecimiento de la conectividad, entre otros.
Los comités se reunirán al menos dos veces al año para abordar estas cuestiones.
En el plazo de tres meses desde la aprobación del Real Decreto se creará un Comité de Coordinación Aeroportuaria por cada comunidad autónoma o ciudad con Estauto de Autonomía y estarán compuestos por 11 miembros, 1 presidente -que será el secretario general de Transportes- y diez vocales, pertenecientes a cada una de las organizaciones que forman parte del Comité:
- 2 representantes de la Comunidad Autónoma
- 3 representantes de Aena Aeropuertos
- 3 representantes de las corporaciones locales
- 1 representante de las cámaras de comercio de la comunidad autónoma
- 1 representante de las organizaciones económicas y sociales
En la tramitación de este Real Decreto se ha tenido en cuenta el parecer de las comunidades autónomas y se ha dado audiencia a la Federación Española de Municipios y Provincias, a los gestores aeroportuarios, a las organizaciones sindicales y empresariales, y al Consejo Superior de Cámaras de Comercio.