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Supresión del DUA de exportación en los intercambios Península-Canarias en envíos inferiores a 10.000 euros

05/04/2014

La Agencia Tributaria y la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad del Gobierno de Canarias, en coordinación con la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía, han adoptado una serie de medidas con la finalidad de simplificar los trámites administrativos a los que se ven sometidas las mercancías en los intercambios entre Canarias y la Península, con la finalidad de reducir costes de los operadores y de facilitar el comercio, especialmente en su vertiente electrónica. Estas medidas, incardinadas en las simplificaciones administrativas propuestas en el marco de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), se irán implantando de forma gradual y estarán plenamente operativas en verano de este año.

Así, en una primera fase, en abril, se procederá a agilizar los despachos de mercancías que llegan a Canarias a través de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos. Para ello, se ha desarrollado un sistema mediante el cual los particulares y los empresarios o profesionales que sean personas físicas podrán efectuar el despacho aduanero y fiscal de la mercancía a través de un formulario simplificado que estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.gob.es).

De esta manera, el comprador se evita costes derivados de su tramitación a través de intermediarios. El único requisito es ser persona física y disponer de un certificado o DNI Electrónico que permita identificar a la persona que presenta la declaración (DUA).

Si se trata de mercancías procedentes de terceros países, los particulares podrán presentar el DUA simplificado debiendo incluir la referencia del número de envío postal. En el caso de envíos intracomunitarios (mercancía procedente de otros Estados Miembros, o de Península y Baleares), Correos y Telégrafos facilitará al destinatario del envío el número de la partida de declaración sumaria necesario para presentar esta Declaración Simplificada.

Supresión de 2,2 millones de DUA de exportación

La segunda fase de este programa de agilización de los intercambios comerciales comprende dos tipos de medidas, las dirigidas a simplificar los procedimientos administrativos en los intercambios entre Canarias y la Península, y los que van dirigidos a facilitar el comercio electrónico. La implantación de esta segunda fase se realizará antes del mes de julio, ya que los operadores requieren un periodo de adaptación previa de sus sistemas informáticos.

Actualmente para el envío de cualquier mercancía de Península a Canarias, o viceversa, es necesario presentar un DUA de exportación en la Aduana desde la que se realiza el envío y un DUA de importación en la Aduana a la que llegan las mercancías. Ahora se suprime el DUA de exportación en aquellos casos en los que el valor de la mercancía sea inferior a 10.000 euros, o cuando los envíos no supongan traspaso de propiedad; es decir, envíos entre sedes de la misma empresa. Esta medida supone la eliminación de más de 2,2 millones de DUA de exportación.

Para acreditar la exportación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), o del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), el exportador podrá descargarse un certificado desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Con esta medida se reducirán los costes, tanto directos como indirectos, de los operadores económicos y se facilitará el comercio entre las Islas y el resto del territorio nacional.

Medidas para facilitar el comercio electrónico

Con el mismo calendario previsto de entrada en funcionamiento, y con el objetivo de facilitar el comercio electrónico entre Canarias y la Península y viceversa, además de suprimirse el DUA de exportación se habilita la posibilidad de que el DUA de importación pueda ser presentado por el vendedor o por un representante aduanero de este, de forma que el comprador pueda recibir la mercancía en su domicilio, sin ningún otro trámite y sin coste adicional a las cantidades pagadas al vendedor en el momento de la compra. El pago de los tributos que graven la importación de esta mercancía la realizaría el vendedor, por cuenta del comprador.

De esta forma se consigue que las ventas a distancia cumplan con los dos requisitos esenciales que debe tener el comercio electrónico para su desarrollo, la simplicidad de trámites y la adquisición de la mercancía por un precio cierto, sin que el comprador tenga que soportar posteriormente costes adicionales inesperados.

Feteia-Oltra solicita aplazar la entrada en vigor de esta normativa

FETEIA-OLTRA mantuvo el 18 de marzo una reunión con la Directora General del Departamento de Aduanas, Pilar Jurado, en la que también estuvo presente la Subdirectora General, María Luisa González, así como representantes de otros colectivos de Operadores, para tratar sobre el contenido de la Nota de Prensa publicada en la web de la Agencia Tributaria, relativa a simplificar los trámites administrativos de los intercambios de mercancías entre la Península y Canarias.

Feteia-Oltra estuvo representada por Juan Caro, Presidente de la Comisión de Aduanas, y Cesáreo Fernández, Secretario Técnico, que trasladaron el malestar de los transitarios por la falta de comunicación previa por parte del Departamento de Aduanas al respecto, y por el impacto económico que las Medidas acordadas generarían en el sector, ratificando la solicitud de Feteia-Oltra de dejar sin efecto las mismas o, en su caso, aplazar la entrada en vigor del nuevo procedimiento de suprimir el DUA de exportación para Canarias hasta Enero del 2015.

Publicado en: EMPRESA Y COMERCIO Etiquetado como: agencia tributaria, canarias, comercio electrónico, despacho de mercancías, DUA, feteia oltra, tramites aduaneros, transitarios

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