Bajo el título de “Diálogos Jurídicos”, ATEIA Barcelona ha tenido la feliz iniciativa de convocar unos debates sobre la profesión, en el marco de la aplicación de las leyes. El primero, celebrado el día 16 de febrero, fue dirigido por el muy conocido y reconocido Abogado, Jaime Rodrigo de Larrucea, y trató sobre el papel del Transitario en el vigente el Texto Refundido de la Ley de Puertos. El segundo, celebrado el día 21 de febrero, estuvo dirigido por Manuel Mª Vicens Matas, en su carácter de Asesor Jurídico y Secretario de FETEIA, por lo tanto persona bien informada y formada en estas lides, que versó sobre la actual situación del Representante Aduanero. Si el primero fue interesante, este segundo además, fue de rabiosa actualidad.
Como es sabido, el Real Decreto 335/2010 configuraba la nueva figura del Representante Aduanero. El Decreto fue objeto de impugnación por parte de las ATEIAS de Tenerife y de Las Palmas, por parte de FETEIA y también por el Consejo de Colegios de Agentes de Aduana. Sobre uno de los recursos presentados ha recaído Sentencia que viene a reconocer el derecho a ser representante Aduanero no sólo a las personas físicas sino también a las Jurídicas. Vicens se explayó en los argumentos jurídicos en pro y en contra de los recursos, para concluir que, sea cual fuere el resultado de los pendientes, nada o poco va a cambiar respecto del contenido. Sin embargo, la Administración está utilizando la suspensión de los efectos del Decreto para retrasar la publicación de uno nuevo que enmiende el antiguo en aquellas cuestiones que fuero objeto del debate. Sin embargo, es conocido que la Administración espera que los colectivos de los Agentes de Aduanas y de los transitarios se pongan de acuerdo en el desarrollo del R.D. para, de una vez, elaborar una norma que complazca a todos los colectivos.
Concluida la exposición, se entró en el debate. La presencia de Agentes de Aduana y de Transitarios –todos ellos, además, miembros del Club del Transitario Marítimo- permitió identificar las diferencias de criterio con que los colectivos contemplan la figura del Representante Aduanero. Y la sorpresa fue mayúscula: el único punto de discordancia estuvo en la exigencia de una mayor o menor formación y en la forma de acreditación de conocimientos, que permita acceder al título, para aquellos que ex novo quieran obtenerlo. Realmente, una discordancia sino irrelevante, al menos de gravedad menor y que en absoluto justifica que ambos colectivos se mantengan en la indefinición y menos aún, en el enfrentamiento.
Se adelantó un paso más: se acordó la constitución de una Comisión que formarán representantes o designados de uno y otro colectivos, para elaborar conjuntamente una propuesta de desarrollo del Real Decreto, y poder así presentar a la Administración el acuerdo de los dos colectivos. Deberá pues impulsarse cuanto antes la constitución de esta Comisión, que en este momento depende de ATEIA-Barcelona y del Colegio de Aduanas de Barcelona.
Con el fin de acelerar el proceso, los representantes de los colectivos se comprometieron públicamente a conseguir la retirada de los Recursos que tienen planteados contra el RD de referencia, si su mantenimiento impidiere la publicación.
La sesión del “Diálogo jurídico” fue un verdadero éxito por cuanto permitió identificar públicamente los motivos de desacuerdo entre los colectivos, calificarlos de fútiles y consensuar un instrumento de trabajo necesario para el futuro; sólo falta que sea eficaz.
Se echó en falta, no obstante, una mayor participación de los interesados.